Este martes, el ministerio de Justicia anunció la vigencia de la ley 21.334, iniciativa que permite cambiar el orden de los apellidos. Esto significa, que previo acuerdo, tanto el padre como la madre podrán determinar si su primogénito llevará en primer lugar el apellido materno o paterno en el caso de los menores de edad. Esta decisión regirá para todos los hijos que decida tener la pareja.
Para el caso de las personas entre 14 a 18 años, señalar que tienen la facultad de decidir si quieren hacer o no el cambio que están realizando sus progenitores.
Por otro lado, la medida contempla además, que por una vez en la vida, se pueda solicitar el cambio de orden de los apellidos para toda persona mayor de 18 años que no esté siendo procesada o que no haya sido condenada por delitos que tengan penas aflictivas.
Si se presentara un caso en que los padres no llegaran a acuerdo, el ministro de justicia, Hernán Larraín, explicó
«Si los padres, que tienen que llenar un formulario, no llegan a acuerdo en cuál es el orden de los apellidos, el oficial del Registro Civil tirará una moneda al aire y será el orden el que determine el azar, o el del padre o el de la madre «.
El secretario de Estado también reveló que en el caso de los menores de edad, «los padres podrían durante un año, abre una ventana la ley, en forma transitoria, ir al Registro Civil y pedir el cambio del orden de los apellidos de sus hijos«.
Antes de la vigencia de esta ley, las personas debían pasar por un proceso bastante engorroso, donde entre otras cosas, debían ser reconocidos por su circulo intimo con sus distintos apellidos.

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