El Ministerio de Transportes (MTT) informó hoy que comenzó a regir el Decreto N°34, que establece la obligatoriedad del sistema antibloqueo de frenos (ABS) para motocicletas, que se implementará de forma gradual “con el fin de fortalecer la seguridad vial y entregar una mayor protección a los usuarios”.
El plazo de los importadores para cumplir con la obligatoriedad dependerá de la cilindrada de la motocicleta o de la potencia del motor eléctrico respectivamente, con un plazo máximo de 4 años. En el caso de las motocicletas nuevas de 500 cc o mayor cilindrada la obligación ya se aplica.
Quedan excluidas de esta normativa “las motocicletas con cilindrada menor a 50 cc y, en caso de vehículos de propulsión eléctrica, lo mismo ocurre con las motocicletas con potencia nominal menor a 4 KW. También quedan excluidas las motocicletas de tipo enduro y trial, las que por su naturaleza están destinadas a un uso deportivo fuera de las vías públicas”, explicaron desde el Ministerio.
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