29 de marzo 2024

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“Pablo Longueira está inhabilitado para la vida política por tener suspendido su derecho a sufragio al ser acusado por el ministerio Público por delitos que merecen pena aflictiva, en consecuencia, él no puede ser candidato a un cargo de elección popular, no puede ser militante de un partido político y ni siquiera puede votar en el plebiscito del 25 de octubre”, aseguró el diputado PS Leonardo Soto, quien pidió al CDE realizar todas las acciones correspondientes para hacer efectiva esta inhabilidad en el marco de la causa por cohecho.

“Está gozando a sabiendas de un error de parte de nuestro sistema. El Tribunal que revisa este juicio de corrupción debiera haber informado al Servel que este sujeto está acusado por estos delitos que merecen pena aflictiva. Si el Tribunal lo hubiera hecho evidentemente estaría en el padrón de los inhabilitados”, sostuvo Soto, quien aseguró que “Longueira carga con una mochila pesada llena de basura que se fue llenando a través de muchos años donde participó de esta manera de financiar la política, a través de maletines negros y por eso hoy día está en la justicia”.

Y es que según detalló el legislador, ad portas del juicio oral fijado para el 5 de octubre, “Longueira está siendo acusado por el Ministerio Público, el CDE y querellantes particulares por haber cometido graves delitos, entre ellos, delitos reiterados de cohecho, un delito gravísimo particularmente cuando se trata de su comisión por personas que representaban a la gente”.

“Ese delito tiene asociado una pena que es pena aflictiva, él está acusado y así formalizado por un delito que merece la pena de 5 años y un día de inhabilitación para cargos públicos, esa pena de crimen se asimila a pena aflictiva y -por lo tanto- de acuerdo a la Constitución se produce un efecto que está establecido en el artículo 16 número 2 de la Constitución que es suspender el derecho a sufragio del ciudadano afectado por esa acusación”, detalló Soto.

“Vamos a pedir al CDE -que representa los intereses de todos los chilenos y que trabaja para el cumplimiento irrestricto de la ley y que también es querellante en el juicio- que le pida al tribunal que envíe el informe respectivo al Servicio Electoral para que margine de la actividad política a alguien indigno de mantenerse en ella, como es Pablo Longueira”, recriminó el parlamentario pidiendo “poner una muralla que excluya completamente a aquellos que destruyeron gran parte de la confianza de la gente en las instituciones políticas y que hoy quieren volver y ensuciar el proceso constituyente, no se lo podemos permitir”.

Asimismo, agregó que “en una democracia una persona que comete graves delitos, que defrauda la fe pública, que incurre en actos de corrupción política, que traiciona el juramento que hace como senador ante todos los chilenos, recibiendo dinero de empresas y promulgando o consiguiendo leyes a la carta para ellas, evidentemente no puede estar integrado a la democracia, debe ser excluido”.

Todo lo anterior, agrega el oficio enviado por el parlamentario, se refuerza con el dictamen N°8013/2016 de Contraloría General de la República, que indica que “basta la sola formulación de la acusación por un delito que merezca pena aflictiva para que se genere la suspensión del derecho a sufragio y, consecuencialmente, por el solo ministerio de la ley, la incapacidad temporal para el desempeño de los cargos de alcalde y concejal”.