La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel dictó sentencia de segunda instancia en el llamado episodio “Curacaví” y condenó a tres ex carabineros por el crimen de Jorge Gómez, Gastón Manzo y Enrique Venegas, este último sobrevivió al fusilamiento, hechos ocurridos en la Cuesta Barriga, en septiembre de 1973.
De esta manera, la Sala -integrada por las ministras Liliana Mera, Nelly Villegas Becerra y el ministro (s) Marcelo Ovalle-, confirmó lo resuelto por la ministra en visita extraordinaria para causas de derechos humanos, Marianela Cifuentes Alarcón, en su fallo de primera instancia, y condenó a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo al teniente de Carabineros Gerardo Aravena Longa y a los funcionarios Ciro Del Carmen González Hernández y a Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza, todos de la Tenencia de Curacaví a la época de los hechos, en calidad de autores de tres delitos de secuestro calificado en grado consumado a partir el 12 de septiembre de 1973.
El abogado querellante Pablo Fuenzalida Valenzuela, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, se mostró satisfecho con este fallo, ya que “después de 48 años la Corte de Apelaciones condena a 15 años y un día de presidio a carabineros por crímenes en dicha localidad. Jorge Gómez, Gastón Manzo y Enrique Venegas, todas personas muy humildes fueron secuestradas y ejecutadas por fuerzas policiales a cargo del Teniente Gerardo Aravena Longa, teniente de carabineros que dirigió las violaciones a los DDHH en la zona, a partir el 12 de Septiembre de 1973. En una historia increíble el Sr. Venegas sobrevivió a la ejecución y logró escapar herido. Jorge Gómez y Gastón Manzo fallecieron en el acto en las horrendas matanzas de Curacaví”.
Del mismo modo, el abogado expresó satisfacción ya que la Corte ordenó reparar a los familiares de las víctimas.
Los hechos
Que el día 12 de septiembre de 1973, a partir de las primeras horas de la tarde Jorge Gustavo Gómez Retamales, Gastón Raimundo Manzo Santibáñez y Enrique Patricio Venegas Santibáñez fueron detenidos sin derecho , en sus respectivos domicilios o en las inmediaciones de estos en la comuna de Curacaví por funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví, que en esa época se encontraba a cargo del Teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa .
Que, posteriormente los detenidos fueron hasta la Tenencia de Carabineros de Curacaví ubicada en Avda. Ambrosio ́ O’Higgins N° 1440 de la misma comuna , lugar en el que se les mantuvo encerrados, junto a otras personas hasta el 16 de septiembre de 1973 período en el que se les sometió a interrogatorios y malos tratos.
Que el día 16 de septiembre en la madrugada una patrulla al mando del Teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa e integrada además por el Sargento Segundo Benjamín Seguel Ortiz actualmente fallecido , los carabineros Ciro Del Carmen Gonzalez Hernández, Manuel Arturo Lepe Barraza, actualmente fallecido y Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza y por funcionarios del ejército de Chile ,trasladó a un grupo de detenidos desde la mencionada unidad policial hasta la Cuesta Barriga, lugar en que los obligó a descender del vehículo que los transportaba y acto seguido tras ubicarlos en fila y situarse frente a ellos, dispararon en su contra, abandonando los cuerpos en el lugar.
Que a consecuencias de lo acontecido resultaron fallecidos entre otros, Jorge Gustavo Gómez Retamales, a causa de una herida cráneo encefálica y Gastón Raimundo Manzo Santibáñez a raíz de una herida de bala que comprometió los grandes vasos del cuello, logrando sobrevivir Enrique Patricio Venegas Santibáñez y un tercero».
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