El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique absolvió a dos jóvenes acusados de portar bombas molotov y por robo en lugar no habitado en el estallido social en la ciudad, específicamente en noviembre de 2019.
En fallo unánime, el tribunal decretó la absolución de Cathalina Martínez Gajardo y Nicolás Cáceres Contrera, tras establecer la insuficiencia de las pruebas rendidas en estrado para configurar los delitos imputados.
«La diversa evidencia generada, testimonial, pericial, video y fotografías, junto a un documento incorporado, como se señaló en el veredicto, no tuvo la eficacia necesaria para demostrar los hechos atribuidos a los acusados, en aquello que es relevante al tipo penal, correspondiente al transporte de un artefacto incendiario, y a una conducta destinada a apropiarse con ánimo de lucro de una especie mueble ajena», sostiene el fallo.
Así, concluye que»(…) como se aprecia, el panorama probatorio que acaba de reseñarse aparece muy distante del convencimiento necesario para decidir la condena de los acusados, puesto que las pruebas de cargo allegadas al juicio con dicha finalidad resultan insuficientes para superar el estándar de la duda razonable que exige el artículo 340 del Código Procesal Penal, lo que obliga entonces a absolverlos de los cargos dirigidos en su contra».
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