23 de noviembre 2024

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Con el objetivo de contribuir al entendimiento sobre el proceso de solicitud de retiro de fondos en el caso de quienes ejercerán ese derecho establecido en la reciente reforma constitucional aprobada por el Congreso, la Superintendencia de Pensiones (SP) elaboró una pauta de apoyo a la ciudadanía para llevar a cabo el procedimiento establecido para este fin.

El proceso está disponible desde las 9 de la mañana de este jueves.

Todas las AFP deberán ofrecer a los afiliados un formato de solicitud con la misma información a los afiliados y beneficiarios, y los mismos mensajes. El formulario deberá contener instrucciones de llenado y la información que las personas deberán entregar es la siguiente: número de cédula de identidad y su serie o número de documento, domicilio completo (opcional), teléfono y correo electrónico, además de la modalidad de pago requerida.

CÉDULA DE IDENTIDAD: el primer dato a requerir para llenar el formulario será el número de cédula de identidad del solicitante, con el cual la AFP deberá verificar en línea si tiene calidad de afiliado o beneficiario. Si no se puede validar correctamente esta información, no se permitirá continuar con el ingreso de datos.

En el caso de los afiliados extranjeros que no tengan cédula de identidad nacional, podrán ingresar el Número Identificatorio para Cotizar (NIC) que se utiliza para el pago o declaración de las cotizaciones, además de la clave de acceso a la AFP.

En el caso de las personas que tengan cédula de identidad vencida, esta se podrá utilizar siempre que su vencimiento no lo sea por más del tiempo que autorizó el Registro Civil, de acuerdo a los Decretos N° 32 y N° 34, de marzo de 2020, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Las personas que tengan cédula bloqueada, independiente de su nacionalidad, no podrán realizar el trámite.

MODALIDAD DE PAGO: el formulario deberá consultar la modalidad de pago que prefiera el solicitante, quien podrá seleccionar una de las siguientes alternativas:

– Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde está efectuando el retiro. Si no posee una, se creará una automáticamente en la administradora donde está realizando la solicitud. En ese momento, la administradora debe comunicar a la persona, que si no la tiene Cuenta 2 en esa AFP se abrirá una, la que permanecerá en el o los mismos tipos de fondos donde se encuentre la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado o causante, según corresponda. Por los depósitos del retiro no se cobrará comisión de administración, independiente de si la Cuenta 2 es nueva o antigua.

– Depósito en una cuenta bancaria (de cualquier tipo como, cuenta corriente, vista y de ahorro) o de instituciones financieras, incluyendo cooperativas de ahorro y crédito, y cuentas de provisión de fondos en cajas de compensación. En todos estos casos, el solicitante del retiro deberá informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad. Una vez seleccionada la cuenta en la que se depositarán los fondos, la AFP deberá desplegar en la misma solicitud un mensaje que señale expresamente que no está autorizado el depósito en cuentas bipersonales (con más de un titular).

– Medio de pago en dinero efectivo en la medida que las AFP ofrezcan esta alternativa de pago.

– Para aquellos personas que no tengan opción de deposito en cuentas bancarias, cuentas en cooperativas o cajas de compensación y que opten por no depositar en una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2), la administradora comunicará el canal de pago al solicitante.

MONTO A RETIRAR: Una vez proporcionado los datos de identificación del solicitante, el afiliado o beneficiario será consultado si quiere retirar el monto máximo establecido en la reforma (equivalente al 100% de los recursos que puede retirar), para lo cual se le presentarán dos opciones: “Sí” (retira el monto máximo permitido) o “No” (retira un monto inferior al máximo permitido).

Si la persona responde “Sí”, significa que la persona retirará el monto máximo permitido de su cuenta de ahorro individual obligatorio de su AFP. De esta manera, la aplicación seguirá su curso, la administradora consultará la modalidad de pago y requerirá a la persona confirmar la operación completa, proporcionándole finalmente un comprobante de todo el proceso.

Si la persona responde “No”, esto implica que desea efectuar un retiro parcial. Entonces, la aplicación le preguntará qué porcentaje, del monto máximo permitido para retirar de su cuenta individual obligatoria en la AFP, es lo que efectivamente desea retirar.

PAGO DEL MONTO DEL RETIRO:

El pago de los recursos solicitados se efectuará de la siguiente manera:

• El 50% de lo solicitado en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de presentación de la solicitud.

• El 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.

• Si el monto solicitado a retirar es de 35 UF o menos, el pago se efectuará en una sola cuota dentro de los 10 siguientes días hábiles de la fecha de solicitud de retiro.