20 de mayo 2024

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Luego de dos extensas jornadas de negociaciones, la Comisión Mixta aprobó y despachó el proyecto de ley corta de Isapres con una serie de indicaciones de último momento y no ajeno a polémicas.

El informe será votado el lunes 13 por la Sala del Senado y posteriormente por la Sala de la Cámara. Si ambas instancias entregan su respaldo al documento, la norma iniciada en mensaje queda en condiciones de ser promulgada como ley.

Cabe señalar que el plazo para implementar el fallo de la Corte Suprema se cumple este domingo 12 de mayo y que, de acuerdo a algunos parlamentarios, podrían existir hasta tres días de «gracia» antes de que se reclame oficialmente un desacato.

La ministra de Salud, Ximena Aguilera detalló los puntos de acuerdo alcanzados tras las negociaciones de este miércoles entre la cartera, la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), los senadores y diputados, declarando que «valoramos los acercamientos que hubo porque todos cedimos. También nos comprometimos como Ejecutivo a avanzar en la tramitación de iniciativas que son complementarias a esta ley».

  • Mejorar el cálculo del Índice de Costos de la Salud (ICSA) con la presentación de un proyecto de ley
  • Ingresar con urgencia, indicaciones al proyecto que sanciona la entrega de licencias médicas fraudulentas
  • Poner urgencia a la tramitación del proyecto crea el Seguro de Salud Catastrófico a través de una cobertura financiera especial en la Modalidad de Libre Elección (MLE) de FONASA

En detalle y entre lo votado en el proyecto de ley corta de Isapres destaca:

  • Consejo Consultivo (entidad que tendrá como función asesorar a la Superintendencia de Salud en el proceso de presentación, evaluación y aprobación de los planes de pago por parte de las Isapres): será una entidad no vinculante y transitoria. Aprobado por unanimidad
  • Cómo se cumplirá la sentencia: Aprobado por unanimidad
  • La adecuación de los planes de la nueva tabla de factores debe ocurrir simultáneamente con el ajuste de los planes vigentes al 7%.
  • El cálculo de las devoluciones no debe considerar los montos ya restituidos mediante el régimen de excedentes.
  • El alza extraordinaria se materializará mediante una prima extraordinaria que considerará los costos operacionales, costos no operacionales y medidas de contención de costos.
  • El techo de la prima será un 10% de los contratos a julio de 2023
  • Los mayores de 65 años tendrán un pago preferente (en 3 años), y los mayores de 80 años (en 2 años)
  • Se permite un pago anticipado voluntario mediante transacciones realizadas por la Superintendencia de Salud.
  • Plazo de 13 años para que las Isapres paguen la deuda (afiliados menores de 65 años): Aprobado por mayoría
  • Disposiciones varias: sanciones a las Isapres por retiro de utilidades mientras se ejecuta el plan de pago, reajuste de la prima de las Garantías Explícitas en Salud (GES), entre otras. Aprobado por unanimidad
  • Creación de la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC) de Fonasa y el cálculo del ICSA: se extiende el criterio usado el 2024 para definir el Índice de Costos de la Salud (ICSA) a los años 2025, 2026 y 2027 o hasta que exista una nueva ley. Así se considerará el costo de las nuevas prestaciones y la variación de frecuencia de uso de las prestaciones que se realicen en la Modalidad de Libre Elección (MLE) de Fonasa. Este criterio se generó en el marco de la pasada ley de reajuste del sector público. El proceso de adecuación de los precios base será sin contención de costo por los próximos 3 años, 2025, 2026 y 2027.