29 de marzo 2024

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Convencionales integrantes de la comisión de Sistemas de Justicia presentaron la iniciativa de norma constituyente que elimina el Tribunal Constitucional y propone que el control de la Ley resida en la Corte Suprema.

La norma se fundamenta en el cuestionado rol que ha tenido el TC en emblemáticos casos como el fortalecimiento del Servicio Nacional del Consumidor y la ley que regula la Despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales en la que incluyó la figura de “objeción de conciencia institucional”, legislando contrario a lo que se había establecido en el Congreso y actuando como una “tercera cámara”.

Tal como lo explicó la convencional Manuela Royo la propuesta busca que “sean los tribunales de justicia quienes, en el marco de sus competencias, apliquen la legislación vigente interpretándola conforme a esta Constitución”, detalló.

En tanto su par del distrito 10 Fernando Atria fundamentó la presentación advirtiendo que el Tribunal Constitucional “no usa criterios jurídicos en sus resoluciones, sino políticos afectando los principios democráticos”.

“Mediante los denominados  recursos de inaplicabilidad ha intervenido el Poder Judicial, permitiendo que cualquier particular  pueda usarlo como herramientas para dilatar procesos legales a su antojo”, denunció el abogado y académico.

Por su parte el representante de Magallanes Mauricio Daza aseguró que “Justicia constitucional no es sinónimo de Tribunal Constitucional “agregando que “esta es una apreciación que surge desde los propios miembros del TC”.

“Le vamos a entregar esta prerrogativa de control de constitucionalidad a la Corte Suprema, sin embargo esta última debe tener una composición distinta a la que hoy ocurre y donde intervienen la autoridad política”, enfatizó Daza.

Sobre este punto, la presentación propone que la Corte Suprema esté “constituida y formada por nueve jueces y juezas elegidos por sorteo” y “podrá declarar, a petición del tribunal que conoce de una gestión judicial, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en el asunto que se sigue ante ese tribunal tenga efectos contrarios a la Constitución

Respecto al caso de que dicha inaplicabilidad esté fundamentada, la iniciativa popular de norma define que será declarado en una  sentencia que “será enviada al Congreso, que podrá modificar o derogar el precepto en cuestión mediante un procedimiento simplificado”.