21 de mayo 2024

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A partir de la votación particular del informe de reemplazo de la comisión de Derechos Fundamentales, el Pleno de la Convención Constitucional aprobó este jueves una serie de incisos acerca de la libertad de expresión.

De los cuatro incisos, dos fueron validados por los constituyentes, el primero obtuvo 126 votos a favor, 13 en contra y 5 abstenciones y aplica a la libertad de expresión.

“Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a la libertad de expresión y opinión, en cualquier forma y por cualquier medio. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.

Asimismo, con 104 votos a favor, 9 en contra y 36 abstenciones se aprobó el inciso que sostiene que la “libertad de emprender y de desarrollar actividades económicas. Toda persona, natural o jurídica, tiene libertad de emprender y desarrollar actividades económicas. Su ejercicio deberá ser compatible con los derechos consagrados en esta Constitución y con la protección de la naturaleza”.

Respecto al articulo 7, que habla acerca de la libertad de conciencia, pensamiento, religión y cosmovisión, sus cuatro incisos fueron aprobados en su totalidad.

 “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y cosmovisión; este derecho incluye la libertad de profesar y cambiar de religión o creencias. Ninguna religión, ni creencia es la oficial del Estado, sin perjuicio de su reconocimiento y libre ejercicio en el espacio público o privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas espirituales y la enseñanza”.