Este lunes, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó la solicitud de extradición de Carlos Cardoen Cornejo, requerido por el gobierno de Estados Unidos por diversos cargos ligados supuestamente a la exportación ilegal de tráfico de circonio y la falsificación de documentos.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país estableció que en la solicitud no se cumplen con los requisitos de tipicidad del delito y doble incriminación.
«No se concederá la extradicion en conformidad a las disposiciones de este Tratado (suscrito por Chile y Estados Unidos), si los procedimientos legales o la aplicación de la pena correspondiente al hecho cometido por la persona reclamada, hubieren quedado excluidos por prescripción, de acuerdo con las leyes del país a que se ha dirigido el reclamo’ (sic)», cita el fallo.
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Doble incriminación
Sobre el requisito de doble incriminación, el fallo sostiene que: «(…) es entendida como una exigencia necesaria para la procedencia de la extradición y consiste en que el hecho que da origen a la petición de entrega del inculpado debe tener la característica de que, de acuerdo a las leyes del país requirente como las del requerido, ha de ser calificado como delito».
Por tanto: «La doble incriminación se refiere a los hechos por los cuales se está persiguiendo un delito, independiente de la calificación penal que cada Estado haga del mismo».
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