22 de noviembre 2024

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  • La diputada del Partido Radical, señaló que el “Código Sanitario es claro en declarar quién es la autoridad competente para establecer restricciones o prohibiciones de derechos de personas con enfermedades transmisibles”.

Con el Código Sanitario en la mano, la diputada Marcela Hernando llamó al Ministerio de Salud a pronunciarse a la brevedad, sobre las condiciones en que las personas con Covid-19 podrían votar en el plebiscito del 25 de octubre y no delegar responsabilidades en otras instituciones, ya que según dice “es el MINSAL la única autoridad con competencias”.

En esa línea, la diputada por la Región de Antofagasta, puntualizó en que “el Título Segundo se refiere a lo que son las enfermedades transmisibles y allí en una serie de artículos, dentro de los cuales yo me detendría especialmente en el Artículo 27, que dice que la única autoridad que puede establecer las restricciones a los derechos de las personas en situación de ser contagioso o de estar activos en el caso de una enfermedad infectocontagiosa, es la autoridad sanitaria”.

“Por lo tanto, corresponde que la autoridad sanitaria establezca protocolos o diga claramente si va a prohibir la participación de las personas con Covid-19 activo, no el SERVEL”, en referencia a si éstas personas pueden participar en las próximas elecciones.

Para la doctora Hernando, “esto no es un tema delegable a ninguna otra autoridad, por lo tanto que el ministro Paris exprese su pensamiento personal sobre el tema, me parece respetable, pero como ministerio y autoridad sanitaria esperamos que se pronuncie en el plazo más breve posible”.