28 de marzo 2024

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Colina sentenció al funcionario de Ejército P.G.L.V. a la pena de siete años de presidio efectivo por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. El entonces cabo disparó a la víctima el 20 de octubre de 2019 usando munición de guerra, en el contexto de manifestaciones por la crisis social registradas en la comuna de Colina. La sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante.

De acuerdo al tribunal, mientras se encontraba vigente el estado de excepción constitucional en la provincia de Chacabuco, a la cual pertenece la comuna de Colina, P.G.L.V. disparó su fusil con munición letal contra Carlos Astudillo, quien se encontraba manifestándose. La víctima recibió el impacto en el costado derecho de su pierna, afectando su fémur. Cayó al piso y quedó inconsciente. El disparo generó diversas lesiones de gravedad y la víctima quedó con una cicatriz y secuelas funcionales permanentes.

Los jueces estimaron que P.G.L.V. usó munición letal y desatendió las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF) vigentes al momento del hecho. Según el tribunal, el entonces cabo de la Brigada de Operaciones Especiales Lautaro, “no acató los principios incorporados en las RUF, que contemplan el uso racional y proporcional del empleo de la fuerza necesario para garantizar la autodefensa (…) su actuar fue al margen de las circunstancias en que se puede entender justificado el uso de la fuerza y el empleo de las armas”, dice el tribunal.

«La pena de siete años nos parece razonable. Si bien es menor a la que se había solicitado por esta parte querellante (INDH), sí valoramos el hecho de que se trate de una pena de cumplimiento efectivo, toda vez que esto viene a constituir una excepción en comparación con las pocas condenas que hasta ahora se han dictado por las causas de violaciones de DDHH en el contexto ya referido», dijo Beatriz Contreras, jefa regional metropolitana del INDH.