28 de noviembre 2024

AQUÍ Y AHORA

NOTICIAS

El pleno de la Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó por nueve votos contra cinco la solicitud de desafuero presentada por la Fiscalía Metropolitana Oriente, en contra del senador Manuel José Ossandón por el delito de tráfico de influencias.

En concreto, al parlamentario se le acusa de intervenir ante el municipio de Pirque y ante el concejo municipal de la misma comuna, para favorecer a la Sociedad Explotadora de Áridos Cavilú SpA, empresa que era administrada por su hijo, Nicolás Ossandón Lira.

En el fallo explicaron que «no surge prueba suficiente que permita tener por acreditada la existencia de los hechos que en carácter reiterado se atribuyen al senador imputado, como tampoco aparece que aquellos satisfagan la calificación jurídica del tipo penal esgrimido por el acusador”.

En un escrito de 13 páginas, el fiscal regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra, entrega las razones que fundamentan una apelación que fue presentada a la Corte Suprema para revertir el fallo del tribunal de alzada.

Razones de la apelación

Entre las  razones entregadas por el Ministerio público para apelar al fallo del tribunal de alzada, se encuentran las siguientes:

«El voto mayoritario en su análisis excede con creces el estándar de antecedentes preliminares del desafuero y elabora razonamientos improcedentes y errados de como en su concepto no se configuran los requisitos del tipo penal, desechando hechos de la acusación porque en su concepto no pueden darse por aprobado, haciendo una valoración que no corresponde, ya que es competencia de los jueces del fondo y por lo demás errada, ya que no toma en cuenta todos los medios de prueba que sirven para acreditar lo que pasó en estas reuniones», señalan en el fallo.

Agregan que «asimismo incurre en un error patente al confundir la calidad de empleado público del sujeto activo (senador), con el prevalimiento, que es la forma en cómo ejerce influencia».

Por último añaden que  «es equivocado lo que se sostiene en el sentido que la influencia desplegada por Ossandón Irarrázaval no está orientada a una operación con sentido económico, ya que el rechazo de la solicitud de prórroga del plazo tuvo devastadores efectos económicos para los dueños de Cavilú SpA».

Revisa la apelación completa aquí.