25 de abril 2024

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En un fallo dado a conocer la noche de este sábado, el Tribunal Electoral de la Región Metropolitana (TER), sacó de la carrera presidencial al candidato del PRO, Marco Enríquez-Ominami.

Según estableció el TER «la suspensión del derecho a sufragio ha existido como institución permanente en nuestra legislación constitucional desde los albores de la República, sin sobresaltos ni objeciones a su constitucionalidad».

“Habiéndose requerido legalmente la intervención de este tribunal electoral, se ha establecido en este proceso la existencia de la inhabilidad que afecta el impugnado Marco Enriquez-Ominami  Gumucio, esto es, el hecho de encontrarse actualmente suspendido su derecho de sufragio, Como consecuencia de haberse dictado auto de apertura de juicio oral en su contra”, dice la sentencia.

El TER agrega que “no altera lo antes resuelto, la circunstancia de haberse dictado veredicto absolutorio por el cuarto tribunal de juicio oral en lo penal de Santiago en causa RUC número 1600371491 — 1, RIT N 169-2020, desde que tal hito no constituye sentencia definitiva, que para los efectos de poner término a la suspensión debe estar firme o ejecutoriada tal como lo destaca la sentencia del tribunal calificador de elecciones, de 26 de noviembre de 2017, pronunciada en la causa rol 2015-20 17, quede claro que sólo en virtud de una sentencia definitiva  firme cesar a la suspensión establecida en el primer caso del artículo 16 número dos de la Constitución política de la República”.

“Se dispone que el servicio electoral deberá excluir del padrón electoral auditado a don Marco Antonio Enríquez-Ominami Gumucio por encontrarse aún en el presupuesto descrito en el numeral dos del artículo 16 de la Constitución política de la República”, finaliza el Tribunal Electoral de la Región Metropolitana.