25 de abril 2024

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La Segunda Sala del Tribunal Constitucional determinó este martes acoger a trámite el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que presentó el pasado 7 de febrero Jaqueline Pinochet (hija de Augusto Pinochet) por su reclamación por cobros tributarios excesivos por parte del Servicio de Impuestos Internos.

De este modo, el procedimiento contra la hija del dictador quedó suspendido, salvándose de una deuda de más de $3 mil millones.

Según indicó Jaqueline Pinochet en su requerimiento, sus garantías constitucionales se verían vulneradas porque mantiene una deuda neta de $309.015.357 que se incrementaría en 800% (lo que equivale a $2.498.416.171 adicionales) entre intereses y multas en favor del Fisco.

Dicha sanción es producto de un fallo dictado por el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago el 30 de septiembre de 2022, el cual fue objeto de un recurso de apelación que está siendo tramitado en la Corte.

El requerimiento señala que a la deuda de $309 millones, se le sumaron $363.866.985 por conceptos de reajuste, $2.498.416.171 por intereses y $129.785.172 por multas. Es decir, el monto total asciende a $3.301.083.685.

Los montos generan “un aumento artificial y desproporcionado respecto de los créditos que pretende cobrar el Fisco por impuestos de primera categoría, global complementario y a las donaciones, lesionando las garantías constitucionales de doña Jacqueline Marie Pinochet Hiriart, dado que pretenden obligarla a pagar una cifra desproporcionada, injusta y abusiva de intereses que multiplican e más de ocho veces la supuesta deuda tributaria y se transforma en una sanción de plano que le produce un despojo sustancial de recursos”, según argumentan los abogados Claudio Wortsman y Daniela Awad, representantes de la hija de Pinochet.

Lo anterior constituiría una vulneración al artículo 53 del Código Tributario, sostienen los juristas.

Dicho artículo fija cómo se realizará el cálculo de intereses de una deuda, y su vulneración afectaría los derechos de Pinochet Hiriart -asegura su defensa-, ya que se pasan a llevar los principios de la igualdad ante la ley, puesto que se permite: la aplicación de una sanción desproporcionada, el derecho al procedimiento racional y justo en razón de la aplicación automática de una sanción sin defensa y el derecho de propiedad por el incremento ilegítimo de la deuda.

Es por esto que los ministros Cristián Letelier, Daniela Marzi, Rodrigo Pica (el único que votó en contra) y Natalia Muñoz, determinaron acoger a trámite el requerimiento, considerando que cumple con los requisitos de forma. 

A lo anterior se suma la suspensión del procedimiento que buscaba el SII, pues correspondería a una medida que busca resguardar la “adecuada sustanciación y resolución del asunto”, pero “sólo hasta que se resuelva acerca de la admisibilidad del requerimiento”.