19 de mayo 2024

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El Juzgado de Garantía de Arauco rechazó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por la Fiscalía para Jorge Escobar, tío abuelo del pequeño Tomás Bravo, cuyo cuerpo fue encontrado sin vida el viernes pasado.

Lo anterior, pese a que el Ministerio Público lo formalizó este martes por el delito de homicidio calificado con alevosía por asfixia del menor.

A juicio del Tribunal, «no es posible tener por acreditado, una acción homicida en los términos descritos», según narró la jueza Perla Roa quien además planteó que -por lo mismo- «resulta inoficioso pronunciarse al respecto».

En tal sentido, la magistrado consignó que «tampoco existe evidencia que haya sido recogida o encontrada (…) que lo pueda vincular (al tío abuelo de Tomás Bravo) con el delito de homicidio».

Tras lo resuelto por el Juzgado, el fiscal del Ministerio Público, José Ortiz, apeló verbalmente al fallo por lo que deberá ser la Corte de Apelaciones de Concepción que defina alguna medida cautelar para el imputado, quien deberá permanecer en calidad de detenido a la espera de lo que dictamine el tribunal de alzada.

Se fijó un plazo de seis meses para el desarrollo de la investigación.