6 de diciembre 2024

AQUÍ Y AHORA

NOTICIAS

“Como se pide a la solicitud de suspensión del procedimiento. Comuníquese a la Corte de Apelaciones de Santiago y a la Corte Suprema en relación al recurso de apelación interpuesto”.

Esa fue la resolución que tomó el Tribunal Constitucional tras la solicitud de los abogados Ciro Colombara, Aldo Díaz y Carola Cotroneo de que se suspendiera la tramitación del recurso de protección presentado por Marco Enríquez-Ominami en contra del Servicio Electoral.

Esa acción judicial fue presentada con el objetivo de recuperar sus derechos ciudadanos y políticos, la que había sido rechazada por la Corte de Apelaciones de Santiago y actualmente se analiza la apelación en el Máximo Tribunal.

Con esto, el TC determina que ese recurso no se podrá resolver hasta que no se decida si se acoger requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la norma incluida en la Ley 18.556 sobre el Sistema de Inscripciones Electorales y el Servicio Electoral, que impide sufragar quienes hayan sido acusados por delitos sancionados con penas aflictivas

En el caso de Enríquez-Ominami, el Cuarto Tribunal oral en lo Penal de Santiago absolvió de todas las imputaciones presentadas en su contra por el Ministerio Público. Además, el TC ya declaró inconstitucional la aplicación de esa normativa en el caso del ex asesor de ME-O, Cristián Warner.

En este contexto, Ciro Colombara y Aldo Díaz señalaron que “nos deja muy satisfechos la resolución del TC, ya que así la Corte Suprema podrá conocer el recurso de Protección presentado por Marco Enríquez-Ominami con todos los antecedentes y sentencias necesarias y pertinentes para fallar de buena manera dicha acción judicial”.