26 de abril 2024

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En el marco de la Reforma a la Ley Antidiscriminación o más conocida como Ley Zamudio, la Comisión de Derechos Humanos del Senado, aprobó la prohibición absoluta de las terapias reparativas de la homosexualidad o la transexualidad.

Con los votos a favor de los senadores/as Juan Pablo Latorre, Alejandro Navarro y Adriana Muñoz y el pronunciamiento en contra de Iván Moreira, la Comisión aprobó así la indicación de la mencionada parlamentaria, la cual considera “discriminación arbitraria, todo acto, práctica y/o tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico, o de cualquier otra naturaleza que tenga como objetivo modificar la orientación sexual o la identidad o expresión de género de una persona o un grupo de personas”.

La aprobación tuvo lugar luego de la que la Subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, se opusiera a la misma, señalando que no debían sancionarse tales terapias cuando las personas se someten voluntariamente a las mismas.

“La forma en que está redactado (la indicación de la senadora Muñoz) está en términos absolutos, y podría incluso aplicar sea casos donde pudiera existir la anuencia de la persona que se vaya a tratar. Y ahí tendríamos un problema,  porque podríamos ir contra  la voluntad de una persona”, dijo en esa ocasión Recabarren, tras lo cual el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) exigió su renuncia y protestó en el frontis del Ministerio de Justicia.

Además, se rechazó una nueva indicación del Ejecutivo que buscaba ahora garantizar que las personas LGBTI puedan ser atendidas por profesionales de la salud mental para atender aspectos no originados por su orientación sexual o identidad de género.

“Hoy hay triunfado la cordura. Tardíamente, pero triunfó y se suma a la yo prohibido por el Minsal desde el 2017. Prohibir de manera absoluta las terapias reparativas de la homosexualidad o la transexualidad es un triunfo para los derechos humanos, para las personas LGBTI y una derrota para el Gobierno, el cual insiste hasta ahora, de manera directa o indirecta, con que solo  las personas LGBTI  acudamos al médico, dando así un trato especial y discriminador en relación a otros sectores sociales que protege la Ley Zamudio”, señaló el Movilh.