12 de octubre 2024

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  • Tras una denuncia ciudadana, la SMA constató, entre otros hallazgos, que el sistema de tratamiento de RILes implementado por la empresa difiere del diseño evaluado ambientalmente.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos en contra de Sebastián Astaburuaga y Compañía S.A., titular del proyecto “Viña Sebastián Astaburuaga”, ubicado en el fundo Santa Rosa, comuna de Sagrada Familia, en la Región del Maule.

Según explicó la jefa de la oficina regional del Maule, Mariela Valenzuela, en virtud de una denuncia ciudadana, la SMA procedió a realizar actividades de fiscalización a través de esta oficina y la Seremi de Salud de la región.

Añadió que producto de dichas gestiones, y luego de un análisis de los antecedentes levantados, esta Superintendencia decidió a formular seis cargos: “el primero consiste en que el sistema de tratamiento de Residuos Industriales Líquidos (RILes) implementado difiere del diseño evaluado ambientalmente, pues se constató que cuenta con un solo pozo decantador en lugar de dos; y tampoco dispone de una cancha de secado de lodos impermeabilizada con geomembrana de 1 milímetro”.

En relación con el segundo cargo -continuó- se detectó que el titular del proyecto supera el volumen de disposición de RILes en hasta un 77% respecto del volumen máximo autorizado, en período de vendimia, a la vez que su disposición se realiza en forma concentrada en una superficie de 4 hectáreas, la cual es menor que el área considerada en la evaluación ambiental.

Asimismo, se detectó que el titular del proyecto no acreditó la realización de los monitoreos correspondientes entre febrero y abril del 2018.

En tanto, el cuarto cargo tiene relación con la superación de los parámetros de Nitrógeno Total (entre enero y marzo de 2018) y sólidos suspendidos totales (en los meses de enero, marzo, mayo, junio y julio de 2018).

A lo anterior se suma que se detectó la existencia de un punto de descarga de Residuos Industriales Líquidos no autorizado, que puede descargar residuos líquidos no tratados provenientes de los sectores de proceso de la Viña Astaburuaga.

Otra de los cargos imputados por la SMA dice relación con la falta de presentación por parte del titular del proyecto, de los informes asociados al Programa de Autocontrol descritos en la RCA N°170/2011.

Sobre la base de los antecedentes que se comprobaron al momento de la emisión, los cargos 1°,2° y 5° fueron clasificados como graves, y el cargo 3°, 4° y 6 como leves, por lo que la planta podría ser objeto de revocación de la RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA por cada infracción grave y 1.000 UTA por cada leve.

Tras la notificación de formulación de cargos, el infractor tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 para presentar sus descargos.